Josué 20:5
La Escritura
(5) Y cuando el cercano del muerto le siguiere, no entregarán en su mano al homicida, por cuanto hirió á su prójimo por yerro, ni tuvo con él antes enemistad.
Resumen del capítulo (capítulo completo)
En Josué 20 se recoge la orden del Señor de designar ciudades de refugio para cualquiera que mate a otra persona sin intención, de modo que el homicida pueda huir del vengador de la sangre. El capítulo enumera las seis ciudades designadas: Kedes, Siquem y Hebrón, al oeste del Jordán, y Bezer, Ramot y Golán, al este. Se reservaron para todos los israelitas y para los extranjeros que vivieran entre ellos, de modo que quien matara accidentalmente pudiera encontrar refugio hasta que fuera juzgado ante la congregación.
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Versículos relacionados (palabras en común)
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