Números · Capítulo 35 Reina-Valera

Números 35:30

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La Escritura

(30) Cualquiera que hiriere á alguno, por dicho de testigos, morirá el homicida: mas un solo testigo no hará fe contra alguna persona para que muera.
Resumen del capítulo (capítulo completo)

El libro de Números, capítulo 35, ordena a los israelitas que cedan a los levitas ciudades en las que puedan habitar, junto con los pastos circundantes, procedentes de su propia herencia. Designa seis ciudades de refugio a las que un homicida que hubiera matado a alguien sin intención podría huir del vengador de la sangre, y distingue el homicidio accidental del asesinato intencionado, que exigía la muerte del asesino sobre la base del testimonio de los testigos. El capítulo concluye prohibiendo la profanación de la tierra por el derramamiento de sangre, ya que el propio Señor habita entre los hijos de Israel.

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Referencias Cruzadas