❖

Búsqueda Bíblica y Herramientas de Estudio

Busca versículos, explora la concordancia, consulta los temas de Nave, descubre referencias cruzadas y pregunta a nuestra IA para profundizar en las Escrituras — todo en un solo lugar.

Todas las herramientas se basan en la Biblia Reina-Valera completa: búsqueda de texto en los 66 libros, concordancia palabra por palabra de todas las apariciones en las Escrituras, Biblia Temática de Nave con miles de temas y referencias cruzadas del Tesoro del Conocimiento de las Escrituras y de pasajes relacionados.

Concordancia de la Biblia Reina-Valera

‹ Volver a la concordancia

cuando (1,362 apariciones)

(1) CUANDO Jehová tu Dios talare las gentes, cuya tierra Jehová tu Dios te da á ti, y tú las heredares, y habitares en sus ciudades, y en sus casas;

(6) No sea que el pariente del muerto vaya tras el homicida, cuando se enardeciere su corazón, y le alcance por ser largo el camino, y le hiera de muerte, no debiendo ser condenado á muerte; por cuanto no tenía enemistad desde ayer ni antes de ayer con el muerto.

(9) Cuando guardases todos estos mandamientos, que yo te prescribo hoy, para ponerlos por obra, que ames á Jehová tu Dios y andes en sus caminos todos los días; entonces añadirás tres ciudades á más de estas tres;

(11) Mas cuando hubiere alguno que aborreciere á su prójimo, y lo acechare, y se levantare sobre él, y lo hiriere de muerte, y muriere, y huyere á alguna de estas ciudades;

(16) Cuando se levantare testigo falso contra alguno, para testificar contra él rebelión,

(1) CUANDO salieres á la guerra contra tus enemigos, y vieres caballos y carros, un pueblo más grande que tú, no tengas temor de ellos, que Jehová tu Dios es contigo, el cual te sacó de tierra de Egipto.

(2) Y será que, cuando os acercareis para combatir, llegaráse el sacerdote, y hablará al pueblo,

(9) Y será que, cuando los oficiales acabaren de hablar al pueblo, entonces los capitanes de los ejércitos mandarán delante del pueblo.

(10) Cuando te acercares á una ciudad para combatirla, le intimarás la paz.

(19) Cuando pusieres cerco á alguna ciudad, peleando contra ella muchos días para tomarla, no destruyas su arboleda metiendo en ella hacha, porque de ella comerás; y no la talarás, que no es hombre el árbol del campo para venir contra ti en el cerco.

(1) CUANDO fuere hallado en la tierra que Jehová tu Dios te da para que la poseas, muerto echado en el campo, y no se supiere quién lo hirió,

(9) Y tú quitarás la culpa de sangre inocente de en medio de ti, cuando hicieres lo que es recto en los ojos de Jehová.

(10) Cuando salieres á la guerra contra tus enemigos, y Jehová tu Dios los entregare en tu mano, y tomares de ellos cautivos,

(15) Cuando un hombre tuviere dos mujeres, la una amada y la otra aborrecida, y la amada y la aborrecida le parieren hijos, y el hijo primogénito fuere de la aborrecida;

(18) Cuando alguno tuviere hijo contumaz y rebelde, que no obedeciere á la voz de su padre ni á la voz de su madre, y habiéndolo castigado, no les obedeciere;

(22) Cuando en alguno hubiere pecado de sentencia de muerte, por el que haya de morir, y le habrás colgado en un madero,

(6) Cuando topares en el camino algún nido de ave en cualquier árbol, ó sobre la tierra, con pollos ó huevos, y estuviere la madre echada sobre los pollos ó sobre los huevos, no tomes la madre con los hijos:

(8) Cuando edificares casa nueva, harás pretil á tu terrado, porque no pongas sangre en tu casa, si de él cayere alguno.

(13) Cuando alguno tomare mujer, y después de haber entrado á ella la aborreciere,

(22) Cuando se sorprendiere alguno echado con mujer casada con marido, entrambos morirán, el hombre que se acostó con la mujer, y la mujer: así quitarás el mal de Israel.

(23) Cuando fuere moza virgen desposada con alguno, y alguno la hallare en la ciudad, y se echare con ella;

(26) Y á la moza no harás nada; no tiene la moza culpa de muerte: porque como cuando alguno se levanta contra su prójimo, y le quita la vida, así es esto:

(28) Cuando alguno hallare moza virgen, que no fuere desposada, y la tomare, y se echare con ella, y fueren hallados;

(4) Por cuanto no os salieron á recibir con pan y agua al camino, cuando salisteis de Egipto; y porque alquiló contra ti á Balaam hijo de Beor de Pethor de Mesopotamia de Siria, para que te maldijese.

(9) Cuando salieres á campaña contra tus enemigos, guárdate de toda cosa mala.

(10) Cuando hubiere en ti alguno que no fuere limpio por accidente de noche, saldráse del campo, y no entrará en él.

(11) Y será que al declinar de la tarde se lavará con agua, y cuando fuere puesto el sol, entrará en el campo.

(13) Tendrás también una estaca entre tus armas; y será que, cuando estuvieres allí fuera, cavarás con ella, y luego al volverte cubrirás tu excremento:

(21) Cuando prometieres voto á Jehová tu Dios, no tardarás en pagarlo; porque ciertamente lo demandará Jehová tu Dios de ti, y habría en ti pecado.

(22) Mas cuando te abstuvieres de prometer, no habrá en ti pecado.

(24) Cuando entrares en la viña de tu prójimo, comerás uvas hasta saciar tu deseo: mas no pondrás en tu vaso.

(25) Cuando entrares en la mies de tu prójimo, podrás cortar espigas con tu mano; mas no aplicarás hoz á la mies de tu prójimo.

(1) CUANDO alguno tomare mujer y se casare con ella, si no le agradare por haber hallado en ella alguna cosa torpe, le escribirá carta de repudio, y se la entregará en su mano, y despedirála de su casa.

(5) Cuando tomare alguno mujer nueva, no saldrá á la guerra, ni en ninguna cosa se le ocupará; libre estará en su casa por un año, para alegrar á su mujer que tomó.

(7) Cuando fuere hallado alguno que haya hurtado persona de sus hermanos los hijos de Israel, y hubiere mercadeado con ella, ó la hubiere vendido, el tal ladrón morirá, y quitarás el mal de en medio de ti.

(10) Cuando dieres á tu prójimo alguna cosa emprestada, no entrarás en su casa para tomarle prenda:

(13) Precisamente le devolverás la prenda cuando el sol se ponga, para que duerma en su ropa, y te bendiga: y te será justicia delante de Jehová tu Dios.

(19) Cuando segares tu mies en tu campo, y olvidares alguna gavilla en el campo, no volverás á tomarla: para el extranjero, para el huérfano, y para la viuda será; porque te bendiga Jehová tu Dios en toda obra de tus manos.

(20) Cuando sacudieres tus olivas, no recorrerás las ramas tras ti: para el extranjero, para el huérfano, y para la viuda será.

(21) Cuando vendimiares tu viña, no rebuscarás tras ti: para el extranjero, para el huérfano, y para la viuda será.

(1) CUANDO hubiere pleito entre algunos, y vinieren á juicio, y los juzgaren, y absolvieren al justo y condenaren al inicuo,

(4) No pondrás bozal al buey cuando trillare.

(5) Cuando hermanos estuvieren juntos, y muriere alguno de ellos, y no tuviere hijo, la mujer del muerto no se casará fuera con hombre extraño: su cuñado entrará á ella, y la tomará por su mujer, y hará con ella parentesco.

(11) Cuando algunos riñeren juntos el uno con el otro, y llegare la mujer del uno para librar á su marido de mano del que le hiriere, y metiere su mano y le trabare de sus vergüenzas;

(17) Acuérdate de lo que te hizo Amalec en el camino, cuando salisteis de Egipto:

(18) Que te salió al camino, y te desbarató la retaguardia de todos los flacos que iban detrás de ti, cuando tú estabas cansado y trabajado; y no temió á Dios.

(19) Será pues, cuando Jehová tu Dios te hubiere dado reposo de tus enemigos alrededor, en la tierra que Jehová tu Dios te da por heredad para que la poseas, que raerás la memoria de Amalec de debajo del cielo: no te olvides.

(1) Y SERÁ que, cuando hubieres entrado en la tierra que Jehová tu Dios te da por heredad, y la poseyeres, y habitares en ella;

(12) Cuando hubieres acabado de diezmar todo el diezmo de tus frutos en el año tercero, el año del diezmo, darás también al Levita, al extranjero, al huérfano y á la viuda; y comerán en tus villas, y se saciarán.

(3) Y escribirás en ellas todas las palabras de esta ley, cuando hubieres pasado para entrar en la tierra que Jehová tu Dios te da, tierra que fluye leche y miel, como Jehová el Dios de tus padres te ha dicho.